Segunda tanda de novedades para la PAC 2018

12 / 01 / 2018

El Real Decreto 980/2017, publicado en el BOE del pasado 11 de noviembre, establecía las novedades que se aplicarán en la PAC 2018, en cuya campaña agrícola ya estamos inmersos.

En una noticia previa de esta web, ya se daba cuenta de estas novedades con todo detalle. También se alertaba de la inminencia de la aprobación de un Reglamento comunitario, el denominado Ómnibus, aprobado por la Comisión y el Parlamento europeos el pasado 12 de diciembre.

Este nuevo Reglamento obliga a modificar este recién estrenado Real Decreto para incorporar nuevos cambios aplicables a la PAC 2018. En el momento de edición de la revista aún no se ha publicado esta normativa nacional, pero podemos adelantar el contenido del mismo y sus principales disposiciones en las próximas líneas.

En primer lugar, para el pago verde (greening) se flexibiliza el cumplimiento de diversificación de cultivos mediante la inclusión de los cultivos de arroz y leguminosas entre las excepciones al cumplimiento de los umbrales en materia de diversificación en el primer caso, y de la propia diversificación en el segundo. También se incorpora el trigo espelta (Triticum spelta) como cultivo diferenciado a efectos de cómputo en la obligatoriedad de la diversificación.

Asimismo se elimina el requisito que se exigía, para poder estar exento de diversificación y contar con superficie de interés ecológico, que la tierra restante, no cubierta por los cultivos como barbechos, hierbas u otros forrajes, leguminosas, o arroz (estos dos últimos incorporados ahora al cómputo del umbral de superficie), no debía exceder de las 30 hectáreas.

SIEs

Se añaden, además, nuevos tipos de superficies que computan como superficies de interés ecológico (SIEs), tales como las dedicadas a Miscanthus, a Silphium perfoliatum y las tierras en barbecho para plantas melíferas (especies ricas en polen y néctar).

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Plantas que favorezcan a los polinizadores.

En este sentido se cambia el factor de ponderación de los cultivos fijadores de nitrógeno, que pasa de 0,7 a 1 (es decir, una hectárea de leguminosas computará como una de SIE), y se incluyen los factores de ponderación de las nuevas superficies de interés ecológico antes citadas (0,7 para Miscanthus y Silphium) y de 1,5 para los barbechos con melíferas (con lo que cada hectárea de este tipo de barbecho, contará como 1,5 has a efectos de SIE)

Jóvenes y pastos

Con el fin de incentivar la participación en los regímenes de pago para jóvenes agricultores, se duplica esta ayuda hasta el 50% del valor de los derechos de pago básico del joven, tal y como posibilita el nuevo reglamento, aunque se mantiene el límite máximo de 90 has. Con el mismo objetivo, se flexibiliza la percepción de este pago, al poder recibir la ayuda durante cinco años consecutivos desde la primera solicitud, aunque ésta fuera anterior a 2018.

Finalmente se da una nueva definición para las los pastos permanentes que amplía el espectro de los pastos elegibles, para dar cabida a superficies con arbustos y árboles que producen alimentos para los animales, como la dehesa.

Desarrollo rural y mercados

El Reglamento Ómnibus ha incorporado algunos cambios o novedades no relativas a pagos directos o sus condicionantes de cobro, pero para cuya aplicación se precisará un posterior desarrollo normativo a nivel europeo y/o español.

En este sentido se permitirá más flexibilidad a cada estado miembro de aplicar o no la figura de agricultor activo para percibir las ayudas, podrá modificar los pagos asociados e incluso los importes de los pagos directos.

Otro grupo de novedades tienen como objetivo el reforzar la posición de los agricultores en la cadena alimentaria, mediante la posibilidad de la negociación de cláusulas de reparto de valor dentro de la cadena, que negociaría cada sector con sus organizaciones de productores, así como el derecho a la exigencia de los contratos por escrito.

En esta misma línea, se establece que las OPs (organizaciones de productores) puedan negociar contratos de suministros en nombre de sus miembros, hasta ahora sólo posible en los sectores de leche, aceite de oliva, ternera y cereal, sin que le afecten las normas de competencia.

Y por último se proponen nuevas herramientas de estabilización de ingresos (seguros) para paliar condiciones adversas de tipo climatológico o por volatilidad de los mercados. Estas medidas se complementan con reservas de crisis, con normas de intervención más claras y que permitirán responder más rápido a las situaciones de adversidad.